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¿Se han de declarar bizum a hacienda?

persona utilizando teléfono móvil para enviar Bizum. Sergio Montero López.

El bizum es un medio de pago como es una transferencia bancaria, tarjeta de crédito o débito. Has de saber que queda registro en tu cuenta de la operaciones realizadas o recibidas con bizum.  ¿Se han de declarar los bizum a Hacienda? Declarar bizum a hacienda: si el total de operaciones supera los 10.000€ al año en una cuenta bancaria, debes incluirlo en la declaración de renta o te encuentras en alguna de estas 3 situaciones:

El total de operaciones por bizum supera los 10.000€ al año en una cuenta bancaria.

Cobras alquiler de un inmueble por bizum.

Eres autónomo y cobras facturas a través de bizum.

  • Cuando la cantidad total de operaciones por bizum supera los 10.000€ al año en una cuenta bancaria. Las entidades financieras están obligadas a notificar a hacienda operaciones a partir de esta cantidad y el bizum está incluido.
  • Si eres autónomo y utilizas el Bizum para cobrar un bien o servicio. Si recibes pagos a través de este medio de tu actividad económica, has de declarar la operación que hay detrás de este pago.
  • Cobras o pagas el alquiler de un inmueble (piso, local, etc) también debes declarar la operación que hay detrás del bizum.

Si lo utilizas para realizar pagos ordinarios: restaurantes, prensa, en comercios, pasar cuentas no se han de declarar los bizum a hacienda.

Es muy habitual el pago colectivo a través de Bizum entre amigos, familiares o incluso en grupos de padres para pagar algún regalo a un familiar, amigo o profesor.

Si eres autónomo, debes tener mucho cuidado en la siguiente situación: si tú eres la persona encargada de comprar el regalo y las demás personas te liquidan su parte haciéndote Bizum.

En este caso el concepto del Bizum ha de ser claro y debes guardar en ticket o factura de la compra durante 5 años por si hacienda interpreta este pago como actividad económica.

Como he comentado al inicio el Bizum en si, es un medio de pago. Lo que determinará si se declara a hacienda o no, es el motivo del ingreso o pago.

Recuerda que hacienda tiene los medios para acceder a las operaciones que realices y en el caso de encontrar, según su criterio, “irregularidades” dispone de 4 años para reclamarte.